Mejora salarial y trato justo del personal de salud en nuevo proyecto de ley

Mejora salarial y trato justo del personal de salud en nuevo proyecto de ley

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El proyecto de ley radicado el jueves 16 de abril en la Cámara de Representantes de Colombia, es una iniciativa del Colegio Médico Colombiano con autoría del senador Juan Luis Castro y los representantes a la Cámara, Jairo Cristancho y Carlos Eduardo Acosta; así mismo la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación participó en el proyecto aportando observaciones desde su conocimiento técnico, jurídico y científico.


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Entre las medidas propuestas en el proyecto que se espera sea  sancionado como Ley de la República y que aplicará a todo el talento humano en salud que ejerza en territorio colombiano y a los actores o agentes del sistema de salud, independientemente de su naturaleza jurídica, se destacan:

  1. Jornada de trabajo del personal de salud: El Ministerio de Salud y Ministerio de Trabajo, deberán reglamentar los aspectos relacionados con la máxima duración de las jornadas permitidas en las instituciones prestadoras del servicio de salud, la realización continúa de las mismas, jornadas extraordinarias, realización de disponibilidades, así como la inspección, vigilancia y control pertinentes sobre estos asuntos y las consecuencias de su incumplimiento, entre otros.
  2. Pago justo y oportuno: Todo el talento humano en salud tendrá derecho a una remuneración justa, digna y oportuna por su trabajo en todas las formas de vinculación y contratación. El pago se deberá realizar máximo dentro de los 30 días calendarios siguientes a la prestación del servicio o realización del trabajo o actividades.
  3. Pago de intereses de mora: Cuando las partes no hayan convenido el reconocimiento de interés moratorio, por el no pago oportuno, independientemente de la modalidad de contratación, los actores del sistema de salud estarán obligados a reconocerlos de manera automática a la tasa equivalente a una y media veces el interés bancario corriente, certificado por la Superintendencia Financiera.
  4. Garantías de la prestación del servicio de salud: Los actores o agentes del sistema de salud, tanto públicos como privados, garantizarán los insumos, recursos y tecnologías en salud, así como la infraestructura y talento humano necesario y suficiente para la atención segura y con calidad a los usuarios del sistema. En ningún caso la consulta primera vez por parte de un profesional podrá ser inferior a 30 minutos y para la atención por parte de profesionales especialistas será de 40 minutos.
  5. Estímulos para los profesionales de la salud que presten sus servicios en zonas de alta dispersión geográfica y difícil acceso: El Gobierno Nacional establecerá incentivos académicos, investigativos y económicos para los profesionales de la salud que presten sus servicios en zonas de alta dispersión geográfica y difícil acceso por un periodo mínimo de seis (6) meses continuos, tanto en el sector público como privado, de acuerdo con las necesidades de los profesionales de la salud.

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