¿En qué va la reforma a la salud en Colombia?

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A puertas del primer debate de la reforma a la salud, propuesta por el Gobierno Gustavo Petro, le contamos cómo va la aprobación de este proyecto de ley y su contraste con la iniciativa radicada en el 2021 por el Gobierno Duque.


El pasado 13 de febrero, el Gobierno de Gustavo Petro presentó ante la Cámara de Representantes el proyecto de ley de Reforma a la Salud, el cual consta de 152 artículos y pretende transformar el modelo de salud actual para que este “sea un derecho universal en el país”, según lo afirmó el Presidente.

Aunque la iniciativa actual ha tenido algunas opiniones divididas, tanto en el sector político, como del gremio médico, para la reforma a la salud colombiana de 2021, propuesta por la bancada del partido Cambio Radical, el panorama no fue diferente, ya que gremios, estudiantes, residentes y profesionales de la salud, manifestaron su desacuerdo a través de movilizaciones y del cese de actividades.

¿Qué proponía la reforma a la salud 2021?

¿En qué va la reforma a la salud en Colombia?

Esta reforma a la salud de 2021, que buscaba fortalecer el rol del Estado frente al control, administración y regulación a través de MinSaud, fue presentada al Congreso de la República en el 2020, sin embargo, su proceso se aplazó hasta marzo de 2021.

Este proyecto contaba con los siguientes puntos, según el partido de Cambio Radical:

  • Cambios en el modelo de atención: El sistema de salud colombiano tendría cambios significativos en su modelo de atención. En primer lugar, se propuso una regionalización del sistema de salud, creando regiones de salud con aspectos comunes para garantizar la promoción, la prestación de servicios y el aseguramiento de la población. Además, se organizaron redes de atención en salud en cada una de estas regiones, conformadas por los diferentes actores del sistema de salud.

Por otro lado, se propuso implementar un nuevo modelo de atención orientado hacia la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, con un enfoque de salud familiar y comunitario. A cada persona afiliada al sistema de salud se le asignaría un médico con este enfoque, ubicado cerca de su lugar de residencia o trabajo.

También se propuso diseñar modelos de atención diferenciados ajustados a características territoriales y poblacionales, y fortalecer las redes primarias de Empresas Sociales de Salud mediante un programa de fortalecimiento de capacidades y subsidios de oferta para entidades en circunstancias de desventaja.

  • Unificación de los regímenes (subsidiado y contributivo): la idea era unificar los servicios y tecnologías que se brindaban en ambos regímenes para garantizar una atención en salud equitativa y de calidad para toda la población afiliada, independientemente del régimen al que pertenezcan.
  • Compensación de maternidad: con esta medida se pretendía brindar un apoyo económico a las mujeres que son jefas de hogar y están afiliadas al régimen subsidiado del Sistema de Seguridad Social. Esta ayuda se otorgaría a aquellas mujeres que hayan contribuido solidariamente al sistema y estén en estado de embarazo o tengan hijos menores de un año, con el objetivo de garantizar su protección social durante este periodo.

El aseguramiento de pacientes de Enfermedades Raras-Huérfanas, depuración del sistema de salud, la transformación del Instituto Nacional de Cancerología, una política nacional de alianzas público privadas en salud son otras de las propuestas de esta reforma a la salud 2021.


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LOS PUNTOS ÁLGIDOS DE LA REFORMA A LA SALUD 2021

Si bien la reforma de 2021, según cita el texto del proyecto de ley ordinaria, estaba concebida para mejorar la salud de la población colombiana mediante acciones colectivas e individuales de promoción de la salud, prevención de enfermedades y atención integral, continua y de calidad; la molestia que generó la propuesta deriva de la presentación de un articulado que muchos han calificado como ambiguo, pues no determina con exactitud la manera en que se distribuirán los recursos, cómo se sostendrá el sistema, cuál será el verdadero alcance de las gestoras de salud y de qué forma intervendrá el Gobierno.

Para ese momento, se identificaron cuatro puntos álgidos que suscitan dudas sobre los beneficios reales que podría haber traído a la ciudadanía esta reforma, y conducirían a predecir una posible falta de garantías para que la salud siga siendo considerada un derecho fundamental en el país.

  1. Potestad de titular en hospitales universitarios:

Sin lugar a dudas, el principal aspecto que generó molestia y motivó movilizaciones masivas del gremio médico, tiene que ver con la propuesta de que los hospitales universitarios tengan la potestad de titular médicos especialistas y así no solo suplir la demanda existente, sino también disminuir el grado de insatisfacción de usuarios que no logran citas con especialistas en el momento en que lo necesitan.

Así se indica en el artículo 44 del capítulo VII, referente a la formación y ejercicio del talento humano en salud: “las instituciones de educación superior como los hospitales universitarios reconocidos por la ley podrán otorgar títulos de especializaciones médicas y quirúrgicas en medicina”.

El artículo revela que los Ministerios de Educación y de Salud y Protección Social se encargarán de definir conjuntamente las características de los programas de especialización ofrecidos para la obtención del registro calificado.

La oposición de los médicos se fundamentaba en que la calidad de la formación de los especialistas sería la primera en verse afectada, toda vez que el verdadero propósito de la reforma, en este aparte, consiste en incrementar la oferta abaratando la mano de obra. En últimas, los artículos 44 a 53 de la reforma a la salud tienen el potencial de profundizar substancialmente la gran precariedad laboral que prima en el medio.

  1. Sustitución de EPS

El segundo aspecto de suma importancia y uno de los que mayor inconformidad tuvo en los usuarios del sistema, fue la sustitución de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) por la nueva figura de Gestores del Servicio de la Salud, descrita a lo largo del capítulo VI de la reforma.

El artículo 31 explica que estos Gestores son “personas jurídicas de carácter público, privado o mixto, vigilados por la Superintendencia Nacional de Salud, responsables de conformar y gestionar su Red de Prestadores de Servicios de Salud dentro de un Área de Gestión Sanitaria para garantizar las prestaciones individuales de Mi-Plan”.

El cuestionamiento hacia este tema residía en que no se percibía un profundo cambio funcional entre el papel de los nuevos gestores y lo que venían haciendo las EPS en el desarrollo de su reprobada gestión. La percepción generalizada al respecto es que las EPS no desaparecen como lo han indicado el Ministro Gaviria y su gabinete, sino que, por el contrario, se mantienen con todos sus vicios y defectos bajo un nuevo nombre.

  1. Plan de Beneficios Individual de salud

Otro punto es referente al artículo 19 del capítulo IV que hacía referencia al Plan de Beneficios Individual de Salud, decía: “El plan de Beneficios Individual de Salud, que en adelante se llamará Mi-Plan, incorporará los servicios y tecnologías de salud que hagan parte del núcleo esencial del derecho a la salud, que sean financiables con recursos del Sistema, y requeridos para la promoción de la salud, la prevención, atención y paliación de la enfermedad y la rehabilitación de sus secuelas. Mi-Plan estará estructurado con el fin de lograr los mejores resultados en salud con la mejor utilización de los recursos disponibles”.

El aparente problema con el capítulo IV es que, aunque en los artículos 20 y 21 se abordaban los mecanismos de inclusión y exclusión de servicios de Mi Plan, no se determinó claramente en el texto cuáles serán los servicios que el sistema no cubriría.

Si bien los artículos eran enfáticos en asegurar el carácter democrático de la reforma, al mencionar que toda decisión será previamente consultada y socializada con instituciones, pacientes y expertos, no existían garantías de que dicho proceso realmente conduciría a la defensa de los intereses de la mayoría y del desamparado, y de que se produciría una verdadera protección al individuo contra los efectos financieros del pago de bolsillo de servicios no incluidos en el plan. Nada aseguraba que no se seguirían evidenciando las consecuencias, ya cotidianas, de la exclusión de servicios sobre la salud del ciudadano.

  1. Integración vertical

Otro tema crítico tiene que ver con la integración vertical. El artículo 38 del capítulo VI referente a los gestores de salud cita: “Está prohibida la integración vertical de Gestores de Servicios de Salud y Prestadores de Salud, salvo en la prestación de servicios básicos de primer nivel”.

Aseguran expertos y escépticos, por igual, que la integración vertical abrió las puertas del sistema a millonarios desfalcos y permitió profundos actos de corrupción. Desde el punto de vista asistencial, la integración vertical ha conducido a la negación sistemática de servicios, incrementando las utilidades de los aseguradores.

Esta figura también ha permitido la contratación de servicios a precios aumentados, lo que se traduce en mayores ganancias para las EPS y se refleja adversamente en el gasto global en salud. Por si fuera poco, se cohíbe la libre competencia y se limita el derecho de los usuarios a la libre elección.

Al contemplar la continuidad de la integración vertical en el primer nivel, la reforma puede estar creando espacios para que se busque resolver la mayoría los problemas de salud en ese nivel, limitando el acceso del paciente a los niveles de mayor complejidad de atención.

Al retener al paciente en el primer nivel tanto cuanto sea posible, las gestoras siguen percibiendo los beneficios económicos de la integración vertical, persistiendo a la par el incentivo para que el sistema como un todo abarate sus costos a expensas de la sub utilización de la tecnología y en últimas, de la salud del usuario.

 


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¿Cuál es la nueva reforma a la salud en Colombia?

¿En qué va la reforma a la salud en Colombia?

Ahora bien, sobre la mesa está la inicitiva del mandatario Gustavo Petro con su reforma a la salud 2023, la cual busca trabajar por sistema de aseguramiento social, universal y mixto con agentes públicos, privados y mixtos y con un régimen único de salud para todos los colombianos.

Adicionalmente, el proyecto de ley propone fortalecer la atención primaria con intervención positiva sobre los determinantes sociales en salud, con Centros de Atención Primaria (CAPS) y equipos interdisciplinarios con enfoque de salud familiar y comunitaria, definidos a la medida para los diferentes territorios.

Los ejes principales de la reforma a la salud 2023

De acuerdo con el Senado de la República, la reforma a la salud 2023 “busca mejorar y fortalecer el Sistema General de Seguridad Social en Salud y garantizar la prestación de servicios como un derecho universal. Propone una salud para la vida, mediante un sistema preventivo y predictivo”.

Entre algunos de los puntos más importantes de esta reforma a la salud se incluye:

  1. El proyecto busca establecer Centros de Atención Primaria (CAP) en todo el país, con un enfoque en medicina preventiva y predictiva, para brindar servicios ambulatorios, de urgencias, hospitalización, rehabilitación, exámenes de laboratorio y programas de salud pública.
  2. Se propone la creación de las CAPS, que se ubicarán en los territorios y se organizarán para atender a una población de alrededor de 25.000 personas cada uno, de acuerdo con el lugar de residencia o trabajo. Además, se establecerán equipos médicos itinerantes que visitarán a las familias de forma periódica.
  3. La Administradora de los Recursos del Sistema de Salud (ADRES) ejecutará los recursos de la Atención Primaria y los proveedores de servicios de salud, tanto públicos como privados, recibirán giros directos mensuales.
  4. El proyecto busca mejorar las condiciones laborales y la formación continua del personal de salud, promoviendo su estabilidad y actualización de conocimientos.
  5. Las EPS que estén en buen estado financiero permanecerán, y se fortalecerá la Nueva EPS para cubrir las áreas donde se hayan liquidado algunas EPS y no haya entidad de aseguramiento. Se acogerá de manera progresiva y ordenada a los pacientes para que no queden sin cobertura.

Adicionalmente, el proyecto establece que los planes complementarios, medicina prepagada o pólizas de salud seguirán funcionando normalmente y no serán afectados. Así mismo, durante la transición, ningún paciente que esté en tratamiento de alta complejidad quedará sin cobertura.

Cada cuatro años, el Ministerio de Salud formulará la Política de Ciencia y Tecnología en Salud, que establecerá las prioridades de inversión en investigación, desarrollo tecnológico e innovación en salud. También se revisará la política de medicamentos, insumos y tecnologías para garantizar el acceso universal.

El proyecto también establece un régimen único laboral para los trabajadores del sistema de salud, quienes estarán vinculados mediante contrato de trabajo. Y la ADRES obtendrá sus ingresos a través de aportes del Presupuesto General de la Nación, definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, así como de activos transferidos por entidades públicas del orden nacional y territorial.


Conozca cinco preocupaciones sobre la reforma a la salud 2023


Diferencias entre la reforma a la salud de 2021 y de 2023

La diferencia sustancial de la reforma a la salud de 2021 con la actual consiste en que “anteriormente se partía de mantener el aseguramiento actual, pero con un número limitado de actores, quienes debían garantizar su presencia en ámbitos más amplios, y no solo municipios, como ocurre actualmente”.

Así “se definía una UPC diferenciada para incentivar la competencia entre estos, toda vez que la UPC fija limitaba dicha competencia, ya que independiente de los resultados en salud de las personas, se recibe el recurso. En la actual reforma se parte de eliminar dicho rol de aseguramiento para ser difuminado en distintos actores”, le afirmó a la revista El Hospital, John González, consultor especialista en salud digital y asesor del despacho del Ministerio de Salud.

El experto también aseguró que en la anterior reforma no se creaban las figuras de prestación, como los CAPS o las múltiples redes, como en la actualidad, sino que la prestación se orientaba hacia tipologías de prestador y servicios.

González explicó que la prestación se definía “a través de redes que debían contener un prestador primario altamente resolutivo, apoyado por equipos básicos en torno a la medicina familiar y telesalud, y prestadores complementarios y centros de excelencia que corresponden a la alta complejidad”.

¿Cuándo se aprobaría la reforma a la salud 2023?

¿En qué va la reforma a la salud en Colombia?

La reforma a la salud de 2023 en Colombia, aún no ha sido aprobada por el Congreso. Ante este proyecto hay diferentes opiniones y posturas dentro de los partidos políticos del país. Algunos partidos, como la Alianza Verde y el Polo Democrático Alternativo, han mostrado su apoyo a la iniciativa, mientras que otros, como el Centro Democrático, el partido Conservador y el partido Liberal han expresado su rechazo a la misma.

Sin embargo, el 27 de este mes se realizó una reunión en la Casa de Nariño, donde se discutieron con los partidos en desacuerdo con la reforma a la salud algunos puntos de la iniciativa. A dicha reunión asistieron los presidentes del partido de la U y del Conservador, a excepción del Liberal, pues su portavoz, César Gaviria, declaró su desaprobación al proyecto.

De esta manera, según declaraciones de Alfonso Prada, vocero del Gobierno de Gustavo Petro, se logró llegar a un consenso, lo que representa que hasta el momento la reforma a la salud de 2023 cuenta con un acuerdo del 99%.

Es importante señalar que el proceso de aprobación de una reforma de esta magnitud puede ser complejo y se puede esperar que los diferentes partidos presenten diferentes perspectivas y propuestas en el debate en el Congreso.

En los próximos días se presentará el proyecto de ley de la reforma de la salud en el Congreso para su primer debate en la Comisión VII. Esta debe ser aprobada en al menos uno de los cuatro debates en los que será discutida y tiene un plazo de dos legislaturas para ser aprobada, lo que significa que debe ser aprobada antes de junio de 2025.

La reforma a la salud necesita 54 votos para ser aprobada. Además, se espera que se unifiquen los proyectos de ley presentados por los partidos de oposición, incluyendo los de Cambio Radical y el Centro Democrático, y pronto el partido Liberal hará lo mismo.

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